Debido a las actuales condiciones políticas y jurídicas del país, casi todas las actividades sociales enfrentan un fenómeno de hiper regulación, con cambios fundamentales en los regímenes jurídicos que tradicionalmente ordenaban las diferentes relaciones sociales y económicas. Esta hiper regulación se manifiesta en el incremento sustancial de normas, generalmente restrictivas de la actividad privada y del principio de autonomía de la voluntad, que se han concretado en la aprobación y actual discusión de cuerpos legales como el Código Orgánico Integral Penal, el Código Orgánico de Relaciones Laborales, el Código Orgánico Monetario y Financiero, reformas a las Leyes Tributarias, Societarias y de Mercado de Valores, Normas Técnicas para la Producción y Restricción de Importaciones; así como en una inflada producción normativa de los diferentes órganos de control y supervisión.

Este entorno hace indispensable que los agentes económicos y las empresas, organizados o no bajo la forma de personas jurídicas, establezcan sistemas de detección, prevención y control de lo que en la literatura jurídica comparada se conoce como “riesgos de responsabilidad normativa”, con el objeto de articular programas de cumplimiento que reduzcan su exposición a sanciones de carácter administrativo y civil, pero lo más grave, a sanciones de carácter penal, debido a la introducción de la modalidad de responsabilidad penal contra las personas jurídicas en el recientemente aprobado Código Orgánico Integral Penal. 


Precisamente para satisfacer estos requerimientos, nuestra firma provee servicios multi e interdisciplinarios de asesoramiento preventivo, según cada giro específico de negocio, orientado a empresas, personas jurídicas y demás actores de la actividad económica, con el objeto de que puedan estructurar programas de cumplimiento normativo (compliance) que les permitan reducir significativamente tales riesgos, fomentar una cultura de prevención de los mismos y consecuentemente, reducir los elevados costos tanto económicos como morales (de imagen corporativa y confianza) derivados de someterse a procesos judiciales por supuestos incumplimientos, que a su vez amenacen con acarrear sanciones económicas, suspensión de actividades; y aún, la extinción de la vida jurídica de las empresas.

La elaboración de estos programas de cumplimiento, según los requerimientos específicos de cada cliente, va desde la descripción de los riesgos de responsabilidad normativa, hasta la gestión de los mismos a través del asesoramiento permanente, tanto en materias estrictamente jurídicas, como en ámbitos estrechamente relacionados con la ejecución del compliance como la selección y administración de recursos humanos, el cumplimiento de buenas prácticas gerenciales, ambientales y sociales; así como todo el esquema de gobernanza ética interna (whistlebrowers e internal investigacions), donde resulta indispensable conciliar la aplicación de los programas de compliance con las garantías constitucionales y normativas vigentes.

La importancia de contar con estos programas de cumplimiento radica en que los mismos son fundamentales al momento de analizar la posible responsabilidad penal de las personas jurídicas, dado que se acepta unánimemente en la literatura y el Derecho comparado, que la denominada “culpa por defecto de organización” es el único modelo razonable de sustentar criterios de imputación por parte de los jueces; de ahí que el amplio conocimiento de nuestros profesionales en esta materia, dada su formación internacional, permita que tanto el diseño como la ejecución de estos planes se encuentren expresamente dirigidos a este propósito, que se resume en la necesidad resguardar la integridad y la subsistencia misma de la empresa.

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